Fecha: 18/12/2025

El pasado lunes por la noche, el Palacio de Pedralbes acogió el acto oficial de reconocimiento de los nuevos Vinos de Finca Calificada, una distinción que pone en valor la excelencia, origen y singularidad de proyectos vitivinícolas arraigados en el territorio. El acto estuvo organizado por el INCAVI (Instituto Catalán de la Viña y el Vino) y el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de la Generalitat de Catalunya.

En el marco de esta ceremonia, el Celler Collbaix fue galardonado con la calificación de Vino de Finca Calificada por su vino tinto Singular de Collbaix, añada 2018, elaborado exclusivamente con Cabernet Sauvignon y criado durante 20 meses en barricas de roble francés, con una posterior crianza mínima de 24 meses. Se trata de un vino que expresa con precisión el carácter de su entorno y el trabajo esmerado en el viñedo y en la bodega.

Los Vinos de Finca Calificada (VFQ) representan el máximo nivel de reconocimiento dentro de una Denominación de Origen en Cataluña. Esta distinción se otorga a vinos que provienen de un entorno geográfico muy delimitado -de una extensión inferior a la de un término municipal- y que presentan características propias derivadas del suelo, microclima y gestión vitivinícola. El nombre del vino debe estar estrechamente vinculado a los viñedos de donde procede y debe contar con el informe favorable del Consejo Regulador correspondiente.

El Singular Tinto de Collbaix destaca por su intensidad aromática y complejidad, con predominio de fruta roja y de bosque, notas dulces de caramelo y cacao, y recuerdos balsámicos y minerales. En boca es un vino amplio, redondo y untuoso, con buena acidez, taninos equilibrados y final largo y persistente, con un notable potencial de evolución durante los próximos años.

Para obtener la calificación de Vino de Finca Calificada, los vinos deben cumplir requisitos muy exigentes, entre los que destacan una antigüedad mínima de 10 años dentro del registro de la Denominación de Origen; un rendimiento de producción en el viñedo como mínimo un 15% inferior al máximo permitido por la DO; y una valoración superior por parte del comité de cata. Además, el propietario de los viñedos debe coincidir con el de la bodega, la elaboración debe llevarse a cabo en la misma finca o en una bodega cercana, y el proyecto debe acreditar una trayectoria consolidada de prestigio y calidad en el mercado durante al menos una década.